Redacción y revisión de contratos
Contratos civiles y comerciales a medida: compraventa, locación de obra y servicios, mutuos, cesiones y acuerdos de partes.
Área de práctica · 04
Contratos, boletos, poderes y actos notariales revisados antes de que estampes la firma. La seguridad jurídica cuesta menos que el conflicto que evita.
Contratos y Notarial
La mayoría de los pleitos civiles nacen de un contrato mal hecho: cláusulas ambiguas, garantías inexistentes, firmas sin verificar la titularidad de lo que se vende. La intervención de una abogada antes de firmar es la inversión más rentable del derecho: previene el juicio en lugar de pelearlo.
Redactamos y revisamos contratos civiles y comerciales, boletos de compraventa, cesiones y poderes; asesoramos en derechos reales (condominio, usufructo, servidumbres) y acompañamos las operaciones hasta la escrituración, articulando con escribanía. Y si el contrato ya se incumplió, reclamamos su cumplimiento o resolución con los daños que correspondan.
Qué hacemos
Contratos civiles y comerciales a medida: compraventa, locación de obra y servicios, mutuos, cesiones y acuerdos de partes.
Redacción y control de boletos: verificación de titularidad, estado de deudas, seña, posesión y condiciones de escrituración.
Asesoramiento y gestión de poderes generales y especiales, autorizaciones y actos que requieren intervención notarial.
Condominio, usufructo, servidumbres, hipotecas: constitución, conflictos y extinción de derechos sobre inmuebles.
Intimaciones, resolución del contrato y reclamo de daños cuando la otra parte no cumple lo pactado.
Contratos con proveedores y clientes, condiciones de venta y prevención de contingencias para negocios de la zona.
Preguntas frecuentes
Respuestas orientativas: cada caso concreto exige su propio análisis.
Hacer mi consultaSí, y es la consulta más barata que vas a hacer. Una revisión detecta cláusulas abusivas, garantías insuficientes o riesgos ocultos antes de que te obliguen. Modificar un borrador cuesta una consulta; salir de un mal contrato puede costar un juicio.
El boleto es el contrato donde comprador y vendedor fijan las condiciones de la operación, pero por sí solo no transmite el dominio; la escritura pública es el acto notarial con el que se transmite, y luego se inscribe en el Registro de la Propiedad para ser oponible a terceros. Firmar un boleto sin revisión previa es asumir compromisos importantes sin verificar riesgos.
La escritura la otorga un escribano público. Nuestro rol es proteger tu posición: revisar títulos y condiciones, redactar o controlar el boleto, y acompañarte durante toda la operación articulando con la escribanía hasta la firma.
Según el caso: exigir el cumplimiento, resolver el contrato y reclamar los daños ocasionados. El camino correcto depende de lo pactado y de la prueba del incumplimiento. Antes de intimar conviene definir la estrategia, porque esa primera comunicación condiciona el reclamo.
Entrevista presencial en San Miguel u online. Confidencial.